“Les comunicamos que si Uds. forman parte de una unidad de convivencia de más de tres personas y se encuentran en el padrón municipal, pueden acogerse a una bonificación”.
ÁREA METROPOLITANA DE BARCELONA. ENTIDAD DEL MEDIO AMBIENTE, CARTA CIRCULAR. SEPTIEMBRE 2005
Desde hace un tiempo, las administraciones públicas parecen querer evitar el abuso del vocablo ‘familia’, para referirse a un grupo de personas que viven bajo el mismo techo. En cierto modo es comprensible, dadas las múltiples fórmulas de relación que se han ido construyendo entre las cuatro paredes de nuestra cotidianeidad. Eclipsada la gran familia rural (compuesta por abuelos, tíos, primos, padres e infinidad de hijos) por la familia urbana (padres y pocos hijos, a lo sumo algún abuelo), en la actualidad, otros modelos de convivencia parecen posicionarse con igual fuerza y legitimidad. Hoy en día, circunstancias como el divorcio, los segundos y terceros matrimonios, las parejas de hecho, los que ‘viven juntos’, las familias mono-parentales, los matrimonios homosexuales, los hijos propios, los hijastros, los hijos adoptivos o fruto de las nuevas tecnologías de reproducción configuran una profunda transformación en las relaciones de parentesco y en los procesos de interacción familiar.
A menudo, cuando esa irrealidad con la que manejamos la realidad, que es el lenguaje, fracasa en su cometido, echamos mano del circunloquio, es decir, damos la vuelta a lo mismo, pero con otro término que resulte menos espinoso. Así que en este alarde del uso de lo políticamente correcto, aparece la locuaz expresión ‘unidad de convivencia’. En términos legales, y en este caso según la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, se considera ‘unidad de convivencia’ a las personas que comparten una misma vivienda o alojamiento, ya sea por unión matrimonial o unión de hecho, por parentesco de consanguinidad o afinidad, por adopción, tutela o acogimiento familiar.
Si bien es cierto que el grado de parentesco, de los miembros de estas ‘unidades de convivencia’ no es tan relevante en nuestros días, como lo era para la familia tradicional, también lo es que, en ambos casos, se trata de grupos sociales en cuyo seno se dirimen cuestiones que afectan a la propia identidad y a la interacción con la comunidad. No es de extrañar pues -retomando el citado párrafo del revelador comunicado del Área Metropolitana de Barcelona- que para poder disfrutar de las prebendas de la sociedad del bienestar (‘la bonificación’), todos los miembros de esas ‘unidades de convivencia’ deban poder demostrar su pertenencia a la ciudad (‘padrón municipal’).…
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